La tierra para quienes tienen poder, no para quienes tienen historia
por Revista CítricaFotos: Nico Palacios (Luan - Colectiva Fotográfica)
03 de abril de 2024
Cinco integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo fueron condenados por usurpación de un territorio que habitan desde hace cuatro generaciones. El Poder Judicial le dio la razón a un propietario flojo de papeles, como en otras causas. “No es posible usurpar algo que ya es tuyo”, declaró uno de los acusados.
Gioia Claro-Roxana Sposaro. Cobertura colaborativa Revista Cítrica-Infoterritorial.
“Un retroceso en la consideración de los derechos indígenas”. Así lo señaló Mauro Millán luego de que el tribunal integrado por los jueces Ignacio Mario Gandolfi, Víctor Gangarrossa y Romina Martini emitieran un fallo unánime de absolución para el Lonko del Lof Pillañ Mawiza y dos integrantes de la comunidad mapuche Buenuleo. No obstante, cinco de ellos fueron condenados por ingresar “con violencia y clandestinidad” al territorio que reconocen como ancestral. La pena se definirá en una próxima audiencia de cesura.
Millán fue llevado a juicio junto a siete integrantes de Lof Buenuleo, luego de acompañar, en septiembre de 2019, una ceremonia en el territorio que la comunidad reivindica como ancestral. Luego de escuchar el veredicto, el Lonko de la comunidad ubicada en Corcovado, Chubut, analizó el rol del Poder Judicial con respecto a las comunidades mapuche tehuelche:
“Queda bien claro que la justicia tiene un rol muy importante en la política. Es evidentemente una manifestación del poder político y del poder de turno, eso no cabe duda. Cuando hablan de los tres poderes independientes, eso no existe y no va a existir nunca. Acá se evidencia un poder fáctico, un poder que nuclea a los negocios inmobiliarios, a los empresarios, a extranjeros y latifundistas, quienes son parte de una élite claramente muy reducida, pero muy poderosa. Lo que están intentando es ejercer un control sobre las decisiones del pueblo mapuche en estos últimos tiempos de retornar al territorio, porque le estaríamos poniendo en jaque, no sólo los negociados inmobiliarios, sino también sus pretensiones de hacer negocio con las empresas extractivas. En el caso Buenuleo, el conflicto es en la naciente del río Ñireco”.
En este sentido, Millán señaló que, a pesar de haber sido sobreseídos en un momento anterior, el Superior Tribunal de Justicia intervino y retrotrajo el juicio, dando lugar a una nueva instancia. Según él, se evidencia un claro retroceso en la consideración de los derechos indígenas por parte de la justicia.
El juez Gandolfi, encargado de la lectura del fallo, señaló que había quedado probado que los acusados “invadieron el inmueble, manteniéndose en el lugar hasta la actualidad”. El empleo de “vías de hecho”, es decir, hacer justicia por mano propia, fue uno de los ejes planteados por los jueces en su sentencia. Respecto a esto, Millán expresó: “Es una acción que en principio la ejecutó Emilio Friedrich con su pandilla. Sin embargo, eso no se tomó en cuenta porque las denuncias que realizó Buenuleo jamás fueron escuchadas. Pero sí dieron lugar a la de Friedrich, cuando planteó que fue despojado de un dudoso derecho”.
La balanza inclinada de la Justicia
Emilio Friedrich afirma haber comprado 92 hectáreas en disputa en 2009, pero confirmó durante su declaración que no pudo escriturar ni obtener regularización en Catastro de la provincia de Río Negro. En este sentido, Marcos Ciccarello, abogado defensor de la comunidad, cuestionó la legitimidad de Friedrich como propietario, argumentando que el propio Buenuleo desconocía ese boleto y la firma del mismo, entre otras cosas, por lo irrisorio del precio, y que en todo caso eso debería resolverse en el Fuero Civil.
Por otra parte, tanto la fiscal Betiana Cendón como Alejandro Pschunder por parte de la querella, sostuvieron que el delito de usurpación protege el ejercicio de la posesión o la tenencia. Esto significa que no importa quién sea el titular legítimo de las tierras, se defiende el derecho de quien ejerce la posesión del inmueble al momento de la denuncia. En este caso, considerando a Friedrich el tenedor del predio por haber realizado una construcción dentro del territorio que la comunidad mapuche preserva y habita ancestralmente.
El Lonko de Pillañ Mawiza señaló que Friedrich sólo posee: “Un papel de compraventa efectuado por Claudio Thieck, un personaje que pulula por diferentes negocios, vinculado a Sergio Massa. La cuestión es que ese boleto de compraventa, que fue cuestionado por Buenuleo, porque dijeron que era trucho, superó y estuvo por encima de todos los derechos indígenas que el Estado consagró y que se comprometió en cumplir. O sea, queda en evidencia un retroceso muy claro de la consideración que va a tener la justicia con respecto al derecho indígena, va a ser prácticamente nula”.
En relación a las declaraciones durante el juicio de las antropólogas Claudia Briones y Lorena Cardín, la abogada especialista en derecho indígena, Silvina Ramírez, y la ex titular del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Magdalena Odarda, entre otras desestimadas por el tribunal, Millán reprochó: “Desoyeron todo el planteo que hubo desde las Ciencias sociales, desde la Antropología, la Cartografía y los testimonios de la comunidad. No fue tomado absolutamente nada de todo lo que se dijo, pero sí se tomó en cuenta el testimonio de Alejandro Vera, que es un personaje violento que inclusive tuvo un fallo desfavorable por atacar, pretendiendo quitarle la vida a Ramiro Buenuleo”.
“No cabe ninguna discusión con respecto a la parcialidad que ha tenido la Justicia. Queda en evidencia lo que está hoy en su máxima expresión, la intolerancia y la imposibilidad para que la gente y los movimientos sociales discutan sus derechos. La Justicia es una de las principales herramientas de este Estado de ultraderecha y de este Gobierno represor que va en aumento”.
A su vez, Millán enfatizó que este fallo en contra de la comunidad Buenuleo implica un retroceso y un antecedente nefasto para la disputa futura de territorios. Sin embargo, destacó el impacto positivo de la movilización de apoyo. “Mi absolución no la voy a tomar como un hecho de consideración del tribunal, creo que valió la movilización, vino mucha gente mapuche a acompañar, inclusive de sectores de compañeras y compañeros de organizaciones sociales, de ambientalistas, inclusive en el plano internacional. Estoy muy conmovido y también agradecido. Entiendo que el kelluwün (reciprocidad) va y viene”.
Finalmente, expresó su esperanza de que se pueda apelar el fallo y visibilizar más la disputa que enfrenta el pueblo mapuche. “Es un gusto dulce y amargo a la vez este resultado”.
El territorio tiene memoria
Los Buenuleo ocupan las tierras en disputa desde hace al menos cuatro generaciones, al pie del Cerro Ventana, en Bariloche. Por eso a la zona se la conoce como “La Pampa de Buenuleo”. Sin embargo, un privado, Emilio Friedrich, se adjudica 92 hectáreas por una supuesta cesión de derechos que la comunidad denuncia como apócrifa.
La Lof Che Buenuleo ocupa el territorio identificado como Lote Pastoril 127 desde al menos 1825. En 1910, Antonio Buenuleo (fallecido el 28/05/1940) recibió del Estado Nacional, en el marco de la Ley del Hogar N° 1501, la tenencia legal del territorio y el otorgamiento del título por Decreto 17.793/45 del 7 de agosto de 1945.
En las décadas del 80 y el 90 Antonio Buenuleo (nieto, fallecido en 2014) cedió, por acuerdo de la comunidad, la parte sur del Lote Pastoril 127 para que se instalaran allí los obreros que estaban construyendo y pavimentando la por entonces Ruta 237 (hoy Ruta Nacional 40), lo que dio origen al Barrio Pilar I, llamado así en rememoración de su madre, Pilar Curinao.
Ante el crecimiento poblacional, los Buenuleo ampliaron el sector cedido y así surge el Barrio Pilar II. Luego se sancionó la Ley Nacional N° 24.910, en virtud de la cual esa parte del Lote Pastoril 127 se desafectó de la jurisdicción de la Reserva del Parque Nacional Nahuel Huapi, pasando al ejido urbano de la Ciudad de San Carlos de Bariloche.
Antonio Buenuleo nieto, a su vez, en su calidad de Lonko de la comunidad, solicitó el Relevamiento Territorial de la comunidad. En 2011 obtuvieron la personería jurídica requerida para finalizar los trámites para el reconocimiento legal.
Sin embargo, al día siguiente a su muerte, sucedida el 24 de agosto de 2014, Emilio Friedrich decidió ingresar por sus propias vías al lote que habría adquirido por una Cesión de Derechos desconocida por la comunidad y que, para ese entonces, ya formaba parte de la tierra comunitaria.
“El señor Friedrich (…) va y ocupa el lugar por vías de hecho. La comunidad lo denuncia, denuncia situaciones de violencia, amenazas, etcétera, y lo sobresee el Juzgado de instrucción número 2 (…) diciendo que no era delito, y que tenía que concurrir a la vía Civil. Bueno, hoy pasa lo mismo, pero en vez de ocurrir por la vía Civil, la comunidad tiene que estar sentada acá en el banquillo de los acusados”, expuso el abogado defensor Mario Cicciarelo sobre la doble vara que se evidencia en el Poder Judicial.
“Somos nosotros los que estamos tratando de sanar algo que nosotros nunca rompimos y nunca pretendemos romper, no entendemos por qué estamos acá, no entendemos por qué nos acusan de vías de hecho, de violencia, cuando yo me he cansado de denunciar y se ha escuchado en esta misma sala que no es de ahora las denuncias. Vienen del abuelo Antonio, viene de mi suegro, viene de la tía Inés, viene del tío Taco, de todos los integrantes y ¿qué pasa? Acá estamos sentados”, relató Sandra Ferman, miembro de la comunidad.
Lucas Dinamarca, otro de los imputados que hizo uso del derecho a declarar, afirmó: “Soy miembro de la comunidad Buenuleo desde que nací. Soy un padre de familia. Se me acusa a mí de muchas cosas que no son verdad. Yo niego rotundamente lo que han dicho sobre mí. En la comunidad somos muchas familias. Hoy estamos sentados en el banquillo de los acusados por algo que no hicimos, porque no es posible usurpar algo que ya es tuyo. No somos una comunidad conflictiva, nosotros siempre tratamos de arreglar las cosas por el buen camino, no con la violencia. No comprendo aún cómo pueden decir tantas barbaridades nuestras sabiendo que no son ciertas”.
“Nosotros como defensa sostenemos que la Comunidad Buenuleo ejerció sus legítimos derechos, que la reconoce la ley, en los diferentes estamentos, el derecho de permanecer en sus territorios, usufructuarlos, permanecer y mantener esos derechos, y que eso jamás puede ser un delito”, expresó el abogado Cicciarelo en su intervención.
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