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El año de la pandemia represiva

por Revista Cítrica
Fotos: Agencia Télam
18 de diciembre de 2020

El informe anual 2020 de la Correpi le pone cifras al rol de las fuerzas de seguridad en el primer año del Frente de Todos. El saldo de asesinatos estatales fue de una víctima cada 20 horas y hubo cuatro desapariciones forzadas seguidas de muerte.

Cuando Alberto Fernández asumió la Presidencia de la Nación, hubo un anuncio que pareció sepultar los cuatro años de la doctrina represiva sostenida por el macrismo como política de Estado. “Debemos escapar a la lógica del gatillo fácil y justificar las muertes por la espalda”, expresó el mandatario secundado por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, y recibió un aplauso que bajó desde distintos rincones del Congreso Nacional.

Aquel 10 de diciembre de 2019, cuando la pandemia no era un tema instalado en la agenda local, las palabras de Fernández trajeron cierto alivio. Pero transcurrido el primer año de gestión –con el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y las medidas oficiales motivadas por el COVID-19–, el rol represivo del Estado no ha variado demasiado: las fuerzas de seguridad se cobraron una vida cada 20 horas en la Argentina entre el anuncio de Fernández y el 19 de noviembre de 2020.

El Informe de la Situación Represiva Nacional, que presenta desde hace 24 años la Correpi (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), aporta los datos actualizados al año de la pandemia: hubo 411 asesinatos estatales (a razón de 1,19 muerte por día) durante el primer año del Frente de Todos, de los cuales 348 ocurrieron después del inicio de la cuarentena (20 de marzo) y 63 previamente

Así, el histórico Archivo de Casos de Personas Asesinadas por el Aparato Represivo del Estado de la Correpi acumula 7.587 muertes desde el inicio de la democracia hasta hoy, considerando que a la cifra de 2019 (7.091 casos acumulados) se le suman los 411 registros de 2020 y 85 casos de años previos que fueron incorporados en la reciente actualización.

La excepcionalidad de la cuarentena (con circulación limitada de la población, estrictos controles sanitarios y despliegue de las fuerzas de seguridad en los barrios), lejos de menguar el saldo mortal que ha caracterizado a los diversos gobiernos democráticos de las últimas décadas, agravó el control sobre la ciudadanía dando lugar a arbitrariedades y abusos de autoridad. 

Tal vez los casos más aberrantes y resonantes hayan sido las desapariciones forzadas seguidas de muerte de Facundo Astudillo Castro (Mayor Buratovich, Buenos Aires, 30 de abril) y Luis Espinoza (Monteagudo, Tucumán, 15 de mayo), pero el mismo destino les tocó también a otras dos personas que no tuvieron tanta prensa: Carlos Orellano (Rosario, Santa Fe, 23 de febrero) y Francisco Cruz (Florencio Varela, Buenos Aires, 15 de mayo).

Si bien la Doctrina Chocobar impulsada desde el Ministerio de Seguridad por Patricia Bullrich en el período anterior dejó las cifras de asesinatos estatales más altas en democracia (1.831 muertes, a razón de una cada 18,34 horas y un promedio de 1,31 asesinatos diarios), el primer año de Gobierno de Fernández sostiene el piso de una vida humana que se pierde por día a raíz del aparato represivo. Por eso la consigna del Informe 2020 de Correpi grita: “Las necesidades del pueblo son esenciales, ¡la represión no!”.

Las fuerzas de seguridad se cobraron una vida cada 20 horas en la Argentina entre la asunción de Alberto Fernández y el 19 de noviembre de 2020.

 

La escena del crimen

El año de la pandemia confirma la regularidad histórica del archivo represivo en cuanto al contexto de las muertes, con el ítem “cárcel, comisaría o bajo custodia” en primer lugar. Se registraron 272 casos (66,18%) en lugares de encierro, con la particularidad –según el informe de Correpi– de que después de muchas décadas se registraron muertes en unidades penitenciarias causadas por disparos de arma de fuego de integrantes del servicio contra personas presas desarmadas.

Las víctimas fueron Federico Rey en Florencio Varela, José Candia en Corrientes, Marcelo Montenegro y Dardo Yapura en Jujuy, todos fusilados en la represión a los reclamos y protestas por la falta de respuesta oficial a la crítica situación en las cárceles.

Las otras modalidades de asesinatos son: gatillo fácil (103 casos, 25,06%), muerte intrafuerza o intrafamiliar (17, 4,14%), otras circunstancias (12, 2,92%; aquí se incluyen las desapariciones forzadas) y causa fraguada o consecuencia de otros delitos (7, 1,70%).

En cuanto a la participación de las distintas fuerzas, el ranking está integrado por: Servicio Penitenciario (237 casos, 57,66%), policías provinciales (120, 29,20%), Policía Federal Argentina (22, 5,35%), Policía de la Ciudad (22, 5,35%), otras fuerzas (6, 1,46%), Gendarmería Nacional (3, 0,73%) y seguridad privada (1, 0,24%).

Los registros de Correpi incluyen además los femicidios, es decir, los asesinatos cometidos por represión estatal con componentes de violencia machista y patriarcal. Los dos primeros casos registrados se remontan a 1992 y desde entonces el índice ha sido creciente, hasta llegar hoy a 389 femicidios sobre un total de 671 víctimas mujeres. Esa cifra convierte a los femicidios de uniforme en la primera causa de muerte de mujeres a manos del aparato represivo estatal. 

También se han registrado 46 femicidios relacionados, es decir, hijxs u otrxs familiares o personas cercanas a la víctima asesinada en contexto de violencia machista, ya sea para castigar a la mujer o cuando intentaron defenderla. Casi un tercio de los femicidios relacionados tienen niños y niñas como víctimas.

Además de los casos resonantes de Facundo Astudillo Castro (Buenos Aires) y Luis Espinoza (Tucumán),  también fueron desaparecidos y muertos Carlos Orellano (Santa Fe) y Francisco Cruz (Buenos Aires).

 

Propuestas contra la represión

En su informe 2020, Correpi incluye una agenda antirrepresiva con medidas urgentes que debería adoptar el Estado para revertir el saldo mortal de cada año.

Detenciones arbitrarias:

*Cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH en el Caso Bulacio vs. Argentina, del 18/09/2003, que ordenó la derogación de todas las facultades normadas y la eliminación de todas las prácticas no normadas de las FFSS federales y locales para detener personas fuera de las hipótesis constitucionales y de los convenios internacionales de orden judicial previa o delito flagrante.

*Cese inmediato del permanente y sistemático hostigamiento a las personas que se ven obligadas a sobrevivir con tareas precarias en la vía pública, como la venta ambulante, el arte callejero o servicios como el cuidado de autos, limpieza de parabrisas, etc.

Legislación y justicia:

*Derogación de las reformas regresivas que se llevaron adelante en los últimos años en toda la legislación represiva nacional, de las provincias y de la Ciudad, y de las incorporadas al Código Penal por las leyes antiterroristas entre 2004 y 2010.

*Retiro inmediato del proyecto de reforma del Código Penal elaborado por la comisión presidida por el juez Borinsky, revisado y presentado por el Poder Ejecutivo en marzo de 2019 en el Senado, que incrementa la criminalización de la pobreza y la protesta, consagra la impunidad de los represores y universaliza la prisión preventiva.

*Derogación del Decreto 489/2019 que creó el RePet (Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento).

*Anulación del DNU 70/2017 que habilita la deportación exprés de migrantes.

*Derogación de la Resolución Nº 144/2020 del Ministerio de Seguridad que establece el protocolo de actuación para que las fuerzas de seguridad hagan "tareas de prevención" (espionaje) sobre plataformas y fuentes digitales públicas.

*Gratuidad para el acceso a la justicia de víctimas y familiares de víctimas de hechos represivos.

*Aplicación estricta de las medidas internas de suspensión del servicio de funcionarios de las fuerzas implicados en causas penales por hechos represivos.

Actuación de las fuerzas:

*Eliminación de los protocolos de lógica bélica para la actuación de las fuerzas ante movilizaciones y manifestaciones.

*Prohibición de la portación y uso del arma reglamentaria fuera de servicio. 

*Prohibición de requisas personales y de pertenencias por mera sospecha. 

*Eliminación de los “Comandos Unificados” para la intervención conjunta de fuerzas federales y locales en las provincias y la Ciudad.

*Prohibición de la asunción de la defensa técnica de miembros de seguridad acusados por hechos represivos por los cuerpos profesionales de los ministerios de Seguridad nacional, provinciales y de CABA.

*Fin de la reestructuración de comisarías y alcaidías de la Policía de la Ciudad, que dilata entre 8 y 10 horas que los organismos de DDHH, las organizaciones antirrepresivas y hasta la Defensoría Oficial de la Justicia de la Ciudad y abogadxs particulares puedan confirmar una detención y ubicar a la persona arrestada para asistirla.

*Cese de la militarización de los barrios populares, con presencia masiva de fuerzas federales y locales, con su correlato de hostigamiento, detenciones arbitrarias y muertes por gatillo fácil.

Cuestiones presupuestarias:

*Derogación del Programa de Fortalecimiento de Seguridad para la provincia de Buenos Aires que destinó $38.000 millones de pesos para fortalecer el poder de fuego de la bonaerense.

*Retiro del “Plan de Infraestructura Penitenciaria” presentado a la Legislatura Bonaerense por el ministro de Justicia Julio Alak y el gobernador Axel Kiciloff para la construcción de más cárceles. 

*Redirección de las partidas destinadas a esos planes y programas para mejorar las condiciones de habitabilidad en los lugares de detención.