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Aborto: ¿Cuál es el riesgo de la objeción de conciencia?

por Revista Cítrica
Fotos: Eleonora Ghioldi
18 de noviembre de 2020

Stella Manzano, médica del fallo F.A.L. que marcó un antecedente en el acceso a los abortos no punibles, reflexiona sobre un punto cuestionado del proyecto de aborto legal enviado ayer por el Presidente.

Por Stella Manzano

El proyecto de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo enviado ayer por el Gobierno permite la objeción de conciencia individual. Decir que la objeción de conciencia solo puede ser personal y no institucional y que haya alguien que garantice el aborto, no basta y no sirvió en ninguna parte del mundo.

En Francia e Italia cuesta muchísimo garantizar abortos porque todos los médicos son objetores. En México pasa lo mismo: en el Distrito Federal, de siete hospitales solo dos hacen abortos. Si yo pongo que sea personal y no institucional y mis doce ginecólogos se hacen objetores, ¿a cuál obligo? 

Cuento una realidad.. en Chubut, provincia de avanzada que tiene desde hace 10 años una ley provincial propia de Interrupción Legal y Voluntaria del Embarazo, los ginecólogos de Rawson jamás garantizaron abortos, incluso con esa ley. Entonces, no es algo hipotético decir que puede haber muchos objetores y que no haya médicos para realizar abortos. La objeción de conciencia remite a una moralidad y garantizar derechos no es una inmoralidad, hacer un aborto a una nena de 10 años es absolutamente lo opuesto.

¿Qué argumentos usan los antiderechos para que a ellos, por ley, se les permita violar la ley? Es un contrasentido absurdo. En este caso tiene que ver, según sostienen, con el “no matarás”. El tema es que el feto no vale lo mismo que la persona gestante. Para que haya un ser humano, primero hay una mujer, una persona gestante que arriesga vida para que ese feto, ese embrión, llegue a ser un bebé.

Quienes terminan matando son los que niegan abortos. Si el relator especial contra la tortura de la ONU ha dicho que es tortura forzar a parir cuando el embarazo es producto de una violación o cuando hay peligro para la vida de la persona o cuando el feto es mal formado, ¿puede un Estado permitir la tortura por ley? Argentina firmó el pacto contra la tortura que dice que negar abortos a mujeres violadas o cuando hay peligro para la salud (y no riesgo de muerte inminente, como está proponiendo en el proyecto el Ejecutivo) es tortura.

La ley de Derechos del Paciente y la ley de Ejercicio de la Medicina dicen que para que yo pueda negarme del deber de atender a una persona, primero tengo que dejarla en manos de otro profesional y eso debe estar fehacientemente demostrado. El proyecto del Ejecutivo dice que solo no puede haber objeción en caso de que la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro y requiera una atención inmediata e impostergable. ¿En qué estado tiene que estar una mujer para que yo la atienda? Además, en el aborto no hay problema inminente de muerte. El 80% se mueren en los partos. Lo que yo quiero impedir es que lleguen al parto, y antes de eso no hay riesgo inminente.

El médico que no quiere hacer abortos no puede ser ginecólogo, porque es una parte esencial. En Suiza, Dinamarca, Suecia o Inglaterra no entran a trabajar a un servicio de ginecología si son objetores. Yo no estoy diciendo que no sean religiosos, pero sí que respeten las leyes.

Si la objeción de conciencia no se permitió en el matrimonio igualitario, aunque la quisieron imponer, ni tampoco se permitió en la ley de identidad de género, ¿por qué en anticoncepción sí? ¿Esto tiene que ver con no matar o tiene que ver con reprimir la libertad sexual de las mujeres? 

El primer protocolo que hubo coherente fue el de 2015, el único que le ponía un freno real a la objeción de conciencia. Permitía la objeción individual pero aclaraba que en cada servicio el medico está obligado a dejar a la persona gestante que le pidió el aborto en manos de otro, y si no encuentra quien lo haga, lo tiene que hacer él mismo. Eso es lo que tiene que decir el proyecto, porque la medicina es una función pública, somos garantes de la salud de las personas. Jamás mi moral puede estar por encima de esa garantía. 

El proyecto tampoco especifica que en cada hospital se debe garantizar sí o sí el aborto, puede haber provincias objetoras. ¿Quién va a pagar el viaje a otra provincia de esa persona que quiere abortar? También está la cuestión del tiempo que juega en los casos que se encuentren en el límite de 14 semanas permitido. 

La objeción de conciencia es la principal barrera de acceso al aborto en todo el mundo porque le permite a los garantes de la ley, que son los médicos, no garantizarla. Así no se puede universalizar un derecho, porque siempre van a faltar médicos.