Garantizar derechos no es delito

por Revista Cítrica
01 de agosto de 2017

Bullrich comparó al aborto con un femicidio y la Justicia oyó sus palabras: juzga a una médica que brindó información a una joven que quería realizarse un aborto no punible en Chubut.

"Creo que el Estado tiene que hacer prevención, educación sexual, dar métodos anticonceptivos. La interrupción del embarazo es quitar una vida. Ni una Menos es que si hay una beba adentro", expresó el precandidato a senador nacional por Cambiemos en la provincia de Buenos Aires Esteban Bullrich. Antes había llorado por la enfermedad de su hija en otro medio. Descontando los días para las PASO, todo vale. Pero, ¿acaso no es femicida el Estado cuando empuja a las personas con capacidad de gestar a la clandestinidad o persigue a las/os profesionales de la salud que garantizan el derecho al aborto?

“Viene de ser ministro de Educación de la Ciudad durante diez años y casi dos a nivel nacional. El abordaje de la educación sexual en la ciudad fue desfinanciar, dar materiales deficitarios y desactualizados. No conforme con eso, adjudicó un 90 por ciento del presupuesto para pagarle a ONGs para que vayan a las escuelas a dar talleres, muchas de ellas eran evangelistas y con líneas peligrosas respecto a los contenidos de educación sexual integral que iban en contra de la ley, una norma que plantea que la educación tiene que estar basada en evidencias científicas”, analizó Celeste Mac Dougall, docente y activista feminista de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, espacio que conforman más de 300 organizaciones que gritan a voz partida su lema: Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir.

“Consideramos –sigue- que la educación es lo primero respecto de la construcción de la decisión de las mujeres y de las personas gestantes. No hay ESI, no hay reparto de métodos anticonceptivos y las declaraciones vinculan las decisiones de las mujeres sobre sus cuerpos con un supuesto femicidio cuando el primer femicida es el Estado porque no garantiza prácticas de aborto seguras, porque condena a la clandestinidad y a la muerte. No solamente mata el macho con sus actitudes violentas: el Estado también mata”.

Una deuda de la democracia

En la Argentina, y por fuera del sistema de salud, se realizan más de 500 mil abortos por año según la OMS. Pero, ¿qué sucede cuando una mujer o persona con capacidad de gestar se acerca a un hospital o un centro de salud? Peor, ¿qué pasa cuando un/una profesional brinda la información correcta para que la práctica sea legal y segura? En diciembre de 2015, Abril, una médica residente del Hospital subzonal de Esquel, Chubut, ofreció condiciones materiales para que Mayra, una chica de 17 años de El Maitén, cumpliera con su deseo: interrumpir una gestación de pocas semanas.

El Código Penal argentino estableció hace casi 100 años en su Artículo 86 que hay dos causas excepcionales por las cuales un aborto no es punible: cuando la vida o la salud de la mujer están en riesgo (aborto terapéutico o causal salud)  o cuando el embarazo es resultado de violencia sexual (causal violación). “Mayra le contó a una trabajadora social que estaba embarazada, que estaba muy angustiada con el hecho de continuar con el embarazo”, nos cuenta Clara Noceti, de la Red de profesionales de la salud por el derecho a decidir. De ese modo, su caso claramente se enmarcó en la primera de las causales, se adecuó a la interpretación del "Fallo F.A.L" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El procedimiento se llevó adelante según el Protocolo de actuación de Chubut, el Protocolo para la atención de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE) del Ministerio de Salud de la Nación y Aborto sin riesgos: guía técnica y de políticas para sistema de salud de la Organización Mundial de la Salud. Abril la escuchó, acompañó y garantizó el acceso a la información y su derecho a la salud. El procedimiento legal se hizo pero por causas aún no establecidas, la muchacha falleció unos días después.

“Ella estaba con alrededor de siete semanas de embarazo y le realizan la interrupción con medicamentos: expulsa todo en el hospital y se va a la casa sin complicaciones. Vuelve unos días después: no estaba mal, estaba estable, pero después vuelve bastante descompensada, con mucho dolor abdominal. No se encontraba la causa entonces la internan, empieza a tener líquido en el abdomen y la derivan al Hospital de Esquel. Ahí la intervienen dos veces, se sigue descompensando y muere. A partir de que Mayra muere, queda procesada solamente Abril porque del resto de los profesionales actuantes no hay ninguno procesado en la causa”, recapitula Noceti en el día en que arrancó el juicio contra la médica. Su delito parece ser haber garantizado un derecho: no está imputada por mala praxis sino por aborto punible seguido de muerte en una de las únicas provincias que tiene un protocolo y una ley propios que adhieren al Protocolo nacional de ANP “y es la provincia donde se llevo a cabo el fallo FAL de la Corte Suprema que aclara esto de que no tiene que haber intervención judicial y la interpretación en el sentido amplio del código penal”, agrega la profesional de la salud.

El 8 de agosto se conocería la sentencia que podría llevar a Abril a prisión aunque no haya pruebas que liguen el deceso de Mayra con la práctica legal. ¿Hasta dónde llega el disciplinamiento del patriarcado? ¿Cómo socaba nuestra autonomía? “Esta causa –remarca Noceti- es una encarnizamiento no solo contra las personas que garantizan derechos sino contra las mujeres que tomando a su cuerpo como su territorio, deciden interrumpir sus embarazos. Con esto se amedrenta a los profesionales que quieren garantizar derechos. En Chubut ahora hay muchos profesionales que deciden no realizar la práctica del aborto por miedo al enjuiciamiento”. Sí, cada vez somos menos y el Estado es responsable.

 

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